Reggae · 20 de abril de 2004
ONG acusa a Gilberto Gil de apología a la marihuana en videoclip. ¡Consulta lo que está ocurriendo y lee la denuncia!

La organización no gubernamental Mensagem Subliminar remitió una representación a la Procuraduría de la República contra el ministro de Cultura, Gilberto Gil. La institución acusa al ministro de hacer apología al uso de la marihuana en el videoclip de la canción "Kaya N’Gan Daya" y en las portadas del CD y DVD del mismo título. La ONG solicita la suspensión de la venta del CD y pretende también impedir la exhibición del clip de la canción en emisoras de televisión.
La ONG ya acusó a MTV de utilizar una vineta en la que "aparecían imágenes subliminales de mujeres en prácticas sadomasoquistas". La emisora fue condenada en primera instancia a pagar una indemnización millonaria – R$ 7,5 millones. La ONG también acusó a las empresas Schincariol y Fischer América Comunicación Total de hacer propaganda abusiva. De acuerdo con la ONG, el personaje que pedía al cantor Zeca Pagodinho probar la cerveza le decía al oído: "tu experimente isso aí agora -- cara -- ou eu pego essa garrafa e enfio no teu rabo!".
En el caso de Gil, Mensagem Subliminar afirma haber constatado "imágenes consideradas subliminales -- y otras explícitas -- de apología al uso de drogas, delito previsto en el Código Penal Brasileño". Según la ONG, "la palabra Kaya, en la lengua Rastafari, la misma utilizada por Bob Marley, significa marihuana". El abogado Arthur Lavigne, que representa al cantor, afirmó que solo se manifestará sobre el asunto después de tener acceso a los términos de la representación. "Antes de pronunciarme necesito tener conocimiento de la fundamentación jurídica de la acusación", dijo.
La acusación fue presentada el pasado miércoles (14/4), en la Procuraduría Federal de los Derechos del Ciudadano. El presidente de la ONG, José Vicente Dias, afirma que "la apología al uso de la marihuana y la divulgación de su signo mayor -- hojas de Cannabis Sativa -- es sobre todo delictiva y antiética, principalmente cuando es hecha por una autoridad de primer escalón del gobierno federal".
I – Al ver la programación televisiva de MTV (Music Television), nos causó sorpresa la emisión de un videoclip, aparentemente inocente, pero que trae en su guion un contenido bastante comprometedor en relación con la integridad moral y los derechos del consumidor.
Se trata del videoclip (que denominaremos: “clipe”) de la canción "Three Little Birds" (Três passarinhos), de autoría del cantor jamaicano Bob Marley, interpretada por Gilberto Gil (Gilberto Passos Gil Moreira) y que forma parte de su álbum más reciente “Kaya N’gan Daya”, de la discográfica Warner. El CD (Compact Disc) lleva el mismo título de la canción "Kaya N’Gan Daya", que es una versión de Gil para "Kaya", uno de los clásicos de Bob Marley,
El CD producido por Gilberto Gil y Tom Capone, que dio origen al clipe, fue grabado en el legendario Tuff Gong Studios, en Kingston (Jamaica), por uno de los ingenieros de sonido más reconocidos del Reggae: Errol Brown.
(Fuente: Site Oficial do Gilberto Gil).
El clipe fue producido por “Conspiração Filmes” y recibió dos premios en el Video Music Brasil (VMB 2003) MTV, promovido por MTV, que premia los mejores clips de la programación de la emisora en 14 categorías, obteniendo los premios de “Melhor Direção de Arte em Videoclipe” (Direção de arte: Gualter Pupo/Flávio Mac) y “Melhor Videoclipe de MPB”. El evento se realizó en el Palácio das Convenções do Anhembi, el 26 de agosto de 2003.
II - El videoclip, al cual denominaremos simplemente “clipe”, tiene una duración de tres minutos y ocho segundos (03:08), es muy colorido y casi todo (personajes y escenarios) hecho con plastilina de modelar, siendo editado en forma de dibujo animado. Tiene como personajes principales a un individuo típico del sertón nordestino en su hábitat, al cual denominaremos “José”; un personaje caracterizado con los rasgos del cantor Gilberto Gil, al cual denominaremos “Gil”, algunos años más joven; un personaje caracterizado con los rasgos del fallecido cantor Bob Marley, al cual llamaremos simplemente “Marley”; un animal también típico del nordeste – un burrito-, al cual denominaremos “Juma” y tres pequeños pájaros que dan nombre a la música, a los cuales llamaremos “passarinhos”.
(Vide CD con cópia del Videoclipe anexo)
Todos estos elementos están ambientados en un escenario de caatinga, caracterizados por la pobreza y la miseria.
III – En cuanto al argumento/narrativa del videoclip:
a - “José” busca en vano sacar agua de un viejo pozo, asistido de cerca por los passarinhos. Este acaba cayendo en el pozo que, en realidad, solo tiene polvo en su interior. En el fondo de él, aparece “Gil” tocando guitarra y cantando una canción, cuya letra (traducida del inglés) dice: "Esta es mi mensaje para ti:" No te preocupes por eso, oh! Todo va a estar bien. ¡No te preocupes!”“.
A continuación, “José” abandona el lugar montado en su jegue, teniendo en segundo plano la caatinga castigada por la sequía. Durante la caminata, “Juma” se niega a obedecer una orden de su dueño; reflejo tal vez de una relación de incompatibilidad de genios. En un determinado momento, inconforme con la orden de seguir camino y revoltado por haber sido agredido físicamente por “José” que le propinó una patada en el trasero, “Juma” le aplica un tremendo coz, arrojando a “José”, literalmente - a las nubes.
b - En ese instante, en las alturas, cuando “José” comienza su trayectoria de vuelta a la tierra, acaba cayendo dentro de la caja de un “automóvil volador”, que surge de repente en las nubes. Se trata de un automóvil Volkswagen, tipo utilitario (perua), que recuerda vehículos utilizados en circos o espectáculos itinerantes. En el clipe, lo que llama la atención es que el vehículo vuela como si fuera un aeroplano.
c - Cuando se repone del susto y de la caída, “José” es envuelto por una bocanada que viene del interior de la cabina del conductor “Marley”, que en ese momento está fumando, al lado del pasajero “Gil”. Al inspirar aquel humo, “José”, que está siempre acompañado por los passarinhos, comienza a “volar” entre las nubes, mientras el automóvil sigue en otra dirección.
En un determinado momento, los passarinhos sueltan a “José”, que va descendiendo aparentemente en dirección al lugar donde estaba anteriormente. La diferencia es que, como en una ficción, aquel lugar ahora se transformó en un inmenso lago de aguas límpidas, donde “José” nada, se sumerge y se deleita como un niño. Al salir de las aguas, se encuentra con “Juma” que, con la cabeza baja, come algo que está en el suelo.
d - Al ver a su dueño, “Juma” levanta la cabeza y, con una mirada bastante extraña, acepta de vuelta a su dueño, quien lo abraza cariñosamente. Los dos salen por el camino, pero ahora, en una relación bastante amistosa, donde “José”, al lado del pequeño burro, pero ya no montado en él, baila al son de la música, tema del clipe.
e - Al final del clipe una enorme bocanada de “Marley” envuelve toda la dimensión de la pantalla. Una vez más “Marley” está acompañado de “Gil”, que toca guitarra, pero ahora sin el auto, de nuevo en las nubes.
IV – Al analizar el título del clipe, el clipe propiamente dicho, el CD y la portada del CD, esta vez desmenuzando detalles de los personajes, desde el punto de vista de la semiótica, es decir, de los signos y significados intrínsecos en la caracterización de los personajes, del escenario, de la letra de la música, del contexto en general, observamos los siguientes hechos, descritos abajo:
a - En primer lugar, se comienza por el título del álbum “Kaya N’ Gan Daya”, donde “KAYA” es una palabra homófona, es decir, tiene la misma pronunciación de “Caia”. Ocurre que, escrita de esta forma – con “K” – es un vocablo inexistente en nuestro idioma.
Ciertamente causó extrañeza el hecho y, descubrir el porqué de esta palabra, escrita de esta forma, sería tarea de lo más tediosa, de no haber sido el resultado el que puso al descubierto una de las más intrigantes y bizarras descubrimientos, en estos casi veinte años dedicados a investigaciones en la música.
La búsqueda nos remite en primer lugar a la cultura Rastafari, en homenaje a Rastafari Makonnen, nombre de bautismo de Haile Selassie I, emperador de Etiopía e idealizador de la Cultura Rastafari, que es conocida por ‘predicar’ la paz, y lo hace, especialmente a través de su ritmo mayor – el Reggae. Sus adeptos y admiradores cultúan la naturaleza y, entre otras características, son naturalistas y vegetarianos, para quienes el uso de la marihuana está ‘liberado’ y se utiliza para meditación, además de – según ellos -‘fortalecer’ el pensamiento y la concentración.
Hasta ahí, nada que pudiera ‘empeñar’ el homenaje (póstumo) hecho por Gilberto Gil, a través de este álbum, al cantor Bob Marley, representante mayor de la cultura Rastafari, de no ser un detalle que hace toda la diferencia: la palabra “KAYA”, en el dialecto Rasta, tiene como significado: hierba, marijuana, marihuana, diamba, ganja, kali (nombre cient. ’Cannabis sativa’).
(Fuente:Dicionário Rasta/ Patois-Inglês-Português/ GLOBALSITE)
b - Al analizar también la portada del CD, en busca de nuevas ‘pistas’ que condujeran a lo que los investigadores de mensajes subliminales llaman “sinestesia”, es decir, una relación subjetiva establecida de forma tal que, cuando uno de los órganos de los sentidos es estimulado, espontánea e involuntariamente acaba evocando otro u otros (p. ej., un sonido que evoca una imagen, color o aroma), observamos que, en el lado derecho del título - en segundo plano -, hay una inserción de imágenes de pequeñas hojas.
Ocurre que las hojas de esta hierba, de la manera como están representadas gráficamente, son signos estereotipados y, mundialmente interpretadas como hojas de Cannabis sativa – vulgarmente conocida como marihuana.
(Vide Anexo – Detalhe A)
V - No es de hoy que la Música Popular Brasileña (MPB) se utiliza de manera inescrupulosa sus versos para hacer apología a las drogas, en especial a la marihuana y, inexplicablemente, además de pasar incólumes por todo y cualquier tipo de ‘fiscalización’, en la mayoría de las veces, estas llamadas “músicas”, acaban teniendo un éxito estruendoso y convirtiéndose en verdaderos himnos de la juventud. Caben algunas citas:
a - Ya en la década de 30, Noel Rosa, uno de los grandes nombres de la música popular brasileña, en la música “Quando o samba acabou”, canta: “... / perdendo a doce amada / foi fumar na encruzilhada / passando horas em meditação/ ... / quando sol raiou / foi encontrado / na ribanceira estirado / com um punhal no coração”.
b - Wilson Batista, en la “Erva do Norte” canta: "Lá vem o Chico Brito / descendo o morro nas mãos do meganha / é mais um processo / é mais uma façanha. / ... / No morro dizem que fuma uma erva do norte".
c - El famoso grupo de la ‘jovem-guarda’, Golden Boys, en la década de 60 grabó dos músicas citando la marihuana que, no muchos años después, formaría parte del llamado movimiento hippie de aquella época. Son ellas “Erva Venenosa” de los Rolling Stones (versión de Poison Ivy), regrabada en la década de 80 por el grupo “Herva Doce” y en el año 2000 por Rita Lee (que en 1976 cumplió un año de prisión domiciliaria por porte de marihuana) y después la música intitulada “Fumacê”, que en 2001 fue regrabada por el Trio Nordestino.
d - En la música “Como Vovó já Dizia” de Raul Seixas, ya había una nítida recomendación a los usuarios de la hierba que, en la mayoría de los casos, presentan los ojos enrojecidos (hiperemia de las conjuntivas) - “Quem não tem colírio usa óculos escuros”. Se sabe que el colirio es una droga que actúa como vasoconstrictor, es decir, bloquea los vasos sanguíneos de los ojos, impidiendo que el flujo de sangre circule normalmente, impidiendo de esta forma que queden rojos. Aún de Raul Seixas, tenemos otra recomendación en la música “Metrô Linha 743” - "Vá fumar lá do outro lado / Dois homens fumando juntos pode ser muito arriscado".
e - Casi 10 años después, la música “O Mal É o que Sai da Boca do Homem” de los integrantes de los Novos Baianos (Pepeu Gomes, Galvão e Baby Consuelo) que, parodiando un pasaje bíblico decían: "você pode fumar baseado / baseado em que você pode fazer quase tudo. / Contanto que você possua / mas não seja possuído"; siendo que “baseado” es uno de los nombres más conocidos de la hierba.
f - En l990, Jorge Ben, que después cambiaría su nombre a Jorge Benjor por cuenta de una consulta que hizo con un numerólogo), compuso la música “W/Brasil” que decía: “... /Alô alô W/Brasil, alô alô W/Brasil, Jacarezinho, avião, Jacarezinho, avião / Cuidado com o disco voador, tira essa escada daí. Essa escada é pra ficar aqui fora /...” Analizando el contexto histórico y social de la época de la composición de la música, se sabe que “Jacarezinho” es un morro en Río de Janeiro conocido por el tráfico de drogas; “avião” es la persona que lleva la droga de un morro a otro; “disco voador” es el señalizador luminoso – giroflex – que queda girando sobre el vehículo de la policía; “escada” es una alusión al ”Escadinha”, primer gran traficante carioca en ser preso en aquella época.
g - En 1996, la banda “Barão Vermelho” que tenía al cantor Cazuza, muerto por el sida, como líder y vocalista, regrabaron el antiguo éxito “Malandragem Dá um Tempo” del “rei da malandragem” – Bezerra da Silva. Los versos no podían ser más explícitos: “... / vou apertar / mas não vou acender agora / se segura malandro / pra fazer a cabeça tem hora”.
h - Aún en 1996, la banda de rock nacional “O Rappa”, lanzaba el CD “Rappa Mundi” con la música “A Feira”, que aún suena en las principales FMs de Brasil. Su letra dice: “... / Eu tô vendendo ervas que curam e acalmam / Tô vendendo ervas que aliviam e temperam / Mas eu sou autorizado quando o rappa chega eu quase sempre escapo / Quem me fornece é que ganha mais /”. Preguntamos: ¿Por qué necesitaría huir ante la presencia del “rappa” (policía)?
“Quem me fornece” - ¿no sería una referencia al traficante de la hierba?
i - Más recientemente, en 2002, los “Tribalistas”, grupo formado por Arnaldo Antunes, Carlinhos Brown & Marisa Monte, en la música del mismo nombre, citan el uso de gafas y colirio. “... / Os tribalistas saudosistas do futuro / abusam do colírio e dos óculos escuros /”. ¿Sería una referencia al “saudoso” Raul Seixas, precursor de las ‘gafas oscuras’? Esto sin hablar del “Moranguinho do Nordeste”(Lairton e seus teclados), Cachimbo da Paz (Gabriel O Pensador), “Veneno da Lata” (Fernanda Abreu) y otras “perlas” de la MPB.
VI - Además de los versos explícitos, algunas bandas brasileñas se han utilizado del ardidoso método de comunicación subliminal con usuarios de la marihuana (Cannabis Sativa), insertando en el propio nombre palabras sinónimas o jergas de la hierba, como ocurre con la banda Skank (marihuana alterada genéticamente o “supermarihuana”.), Diamba (otra jerga para marihuana), Planet Hemp (Planeta Marihuana), etc., - bandas que hacen apología abierta a esta droga.),
Esta última, al menos en el Estado de Río de Janeiro, solo puede dar shows para mayores de 18 años, de acuerdo con la sentencia del juez de menores Siro Darlan, por supuesta inducción de la juventud al vicio, por la apología a las drogas en los versos del grupo. La sigla HEMP también puede ser interpretada por "Help End Marijuana Prohibition", o "Ayude a Acabar con la Prohibición de la Marihuana", bandera defendida por la banda.
VII - La expresión “Kaya N’ Gan Daya”, además del aspecto comprometedor de la apología a la marihuana, fonéticamente suena como - "Caia na Gandaia" -, tiene su verbo en tiempo “imperativo”: - Caia (tu) na gandaia. Este tiempo verbal se emplea en nuestra lengua siempre que se quiere transmitir la idea de orden, de mando, de petición.
VII
IX – Aún sobre la expresión ora analizada, “Gandaia”, según el Aurélio, significa “vadiagem” que también es palabra sinónima de la chula - “vagabundagem”.
(Fuente: AURELIO)
Comprometiendo aún más el contexto general, esta palabra condena de una vez el uso de la expresión, una vez que “vadiagem” es una Contravención Penal.
Caben aquí algunas consideraciones:
a - Desde el punto de vista positivista-legal, se entiende como vadiagem una serie de comportamientos tales como el de personas ebrias perturbando el orden público, prostitución (masculina y femenina) en general, menores, mendigos y desempleados deambulando por las calles.
b - A pesar de que el ilícito de vadiagem es considerado un ilícito menor en comparación con otros más graves, puede servir de “puente” a asociaciones criminales o conductas colaterales (perturbación de la tranquilidad, atentado al pudor, falsedad ideológica, acto obsceno y uso de drogas) que acaba acarreando. Según Duarte, la vadiagem es etapa de la criminalidad (DUARTE, José. Comentários à Lei das Contravenções Penais, R. Janeiro, Forense, 1958).
Actualmente el ilícito penal de vadiagem está tipificado en el artículo 59 de la Ley de las Contravenciones Penales. ¿Estaría el autor del título en cuestión incitando al público objetivo de la obra al delito de vadiagem?
(Fuente: DATAVENIA)
X – Volviendo al clipe, cabe hacer algunas consideraciones, ahora, en cuanto a los mensajes visuales:
a - Cuando “José”, el personaje principal, recibe una coz de su pequeño jegue (01:34) y es arrojado a las nubes, conforme referido arriba en el ítem III, yendo al encuentro del auto volador, el conductor citado en el mismo ítem es nada menos que el cantor Bob Marley, ícono mayor de la Cultura Rastafari; divulgador por excelencia del uso de la marihuana dentro del estilo “Reggae” y autor de la canción – objeto de esta denuncia – interpretada por Gilberto Gil.
b - En una interpretación semiótica, la ‘simbiosis’ entre el cantor y la hierba es de tal importancia que, solo su imagen estampada en una camiseta, establece una empatía inmediata entre la persona que la viste y los usuarios de la droga.
XI - En cuanto al vehículo citado, se trata de un auto de la marca Volkswagen, utilitario modelo “Kombi”, que tiene en la parte delantera, en el lugar tradicional de la ubicación del “VW” – logo
de Volks -, una letra “M”. Recordamos que este pictograma puede significar tanto “M” de Marley, como también, “M” de “marijuana”, especie de identificación universal de la marihuana.
XII - En cuanto al pasajero de la “Kombi voladora”, se trata del no menos famoso - Gilberto Gil, cantor de la MPB, amigo personal, fan y admirador de Marley, a quien rinde homenaje póstumo en este clipe. El conductor del auto, Bob Marley, suelta una bocanada (01:48) del supuesto “baseado” que está fumando dentro de la cabina del auto, en dirección al rostro del personaje que representa al cantor brasileño. Este no ofrece resistencia al gesto del compañero y se muestra, como mínimo, apático y connivente con el hecho.
XIII - Observamos que los dos emprenden un “viaje” y que están “en las nubes”.
Estos términos – “viaje” y “andar en las nubes” - son clichés muy utilizados por usuarios de drogas; cuando están bajo el efecto de las mismas, dicen estar “viajando” o en las “nubes”.
Concluimos que, además de la apología al estupefaciente y a su uso, la escena muestra de manera subentendida – subliminal -, al "Gil" en un "viaje" digámoslo – “muy loco” -, en una “Kombi voladora”, en las "nubes", siendo conducido por los tres passarinhos.
XIV – Casi al final del clipe, el jegue del personaje principal aparece de espaldas, con la cabeza baja, comiendo algo que, supuestamente, también sea la droga (02:42). Intuimos este hecho a través de la manera como el animal mira a su dueño, es decir, la manera como esta mirada fue representada en el clipe - con los párpados a la mitad de los ojos -, de la misma forma que, en dibujos animados, se representa a un personaje drogado (02:43).
Cerrando el clipe, poco antes de que aparezcan los créditos en la pantalla (III-a), observamos que “Marley” pasa un buen tiempo “reteniendo” el humo, soltándolo justo al final (03:04). Este gesto es característico de todo usuario de la droga, es decir, la persona da una calada ‘al baseado’, llenando el pulmón con el humo, y, después de algunos segundos, va soltándolo lentamente.
Concluimos que no hay dudas en cuanto a la apología no solo con relación a la droga, sino también, en cuanto a la forma de utilizarla.
XV - Se sabe que Gilberto Gil ya estuvo “oficialmente” involucrado con la referida droga en el Estado de Santa Catarina, durante la gira de los “Doces Bárbaros” en julio de 1976, con Caetano Veloso, Gal Costa y Maria Bethânia. Gil fue detenido con una pequeña cantidad de marihuana, en Florianópolis. Recluido en la cárcel pública, admitió ser usuario de la hierba y fue obligado a internarse en un manicomio en la capital catarinense.
(Fuente: TERRA.COM.BR).
En su sentencia, en el foro de Florianópolis, el juez hace constar que el cantor “gostava da maconha e que seu uso não lhe fazia mal...” antes de determinar la internación del cantor en una clínica psiquiátrica para recuperación.
(Fuente:CLIQUEMUSIC)
XVI – El propio Gilberto Gil hace referencia a la marihuana al citar y definir al “rastaman”, como él llama a los adeptos de la cultura Rastafari: - “... O Rastaman: as mesmas Estrelas de David,
o Leão de Judá, sua juba em dreadlocks descobrindo, enfatizando cabelos também longos e crespos, sua roupa de campanha, a comida vegetariana, a maconha e nos lábios, numa língua cheia de novos signos, um discurso, arma para a luta também pela liberdade e a justiça...”. (subrayado nuestro).
Completando el silogismo dice, respecto de Bob Marley: - “Marley: um Rastaman explícito, real”.
(Fuente: Site Oficial do Gilberto Gil)
XVII - La sociedad en general, los menores, la familia y la iglesia en particular, tienen el derecho, a través del Estado, de defenderse no solo de la pornografía y la licenciosidad, sino también de toda apología que se hace al uso de drogas “lícitas” como el alcohol y el cigarrillo, y, sobre todo, de aquellas consideradas estupefacientes y consecuentemente adictivas, prohibidas por ley.
Corresponde al Estado, como agente fiscalizador, a través del MP, escrutar a los autores del videoclip – objeto de esta denuncia – así como a los autores del álbum, tipo CD, - “Kaya N’ Gan Daya” -, sus reales propósitos en cuanto a la producción de esta obra y respectiva divulgación en los medios televisivos y de radiodifusión, una vez que no agrega valores literarios, educacionales y/o científicos que, de alguna forma, la rediman de todos los aspectos nocivos supra citados.
XVIII – La Constitución Federal, en el artículo 227, dispone que “es deber de la familia, de la sociedad y del Estado asegurar al niño y al adolescente el derecho a la dignidad y al respeto, así como ponerlos a salvo de toda forma de explotación”.
Aún conviene recordar que el Estatuto del Niño y del Adolescente - ECA, dispone, en el artículo 78:
Las revistas y publicaciones que contengan material impropio o inadecuado para niños y adolescentes deberán ser comercializadas en embalaje lacrado, con la advertencia de su contenido. (subrayado nuestro)
Y en el artículo 79 establece, textualmente:
Las revistas y publicaciones destinadas al público infanto-juvenil no podrán contener ilustraciones, fotografías, leyendas, crónicas o anuncios de bebidas alcohólicas, tabaco, armas y municiones, y deberán respetar los valores éticos y sociales de la persona y de la familia. (subrayado nuestro)
Es oportuno citar también el Código de Defensa del Consumidor, que destaca entre los varios principios adoptados, especialmente en la Política Nacional de las Relaciones de Consumo, que uno de los objetivos en la atención de las necesidades de los consumidores es el respeto a su dignidad, así como la prohibición eficiente de todo y cualquier abuso practicado en el mercado de consumo (CDC, art. 4º).
Entre los derechos básicos del consumidor también está la protección contra publicidad engañosa o abusiva y la efectiva prevención y reparación de daños individuales, colectivos y difusos (CDC, art. 6º), de esta forma, el consumidor está siendo lesionado, por desconocer el real significado de los términos citados en la portada del CD y en el clipe.
En el ámbito de las prácticas comerciales, se espera que la publicidad sea emitida según el principio de la perfecta identificación, una vez que el legislador no aceptó en nombre del principio de lealtad el uso de la publicidad clandestina o subliminal (CDC, art.36).
Entendemos que se trata de abusivas las referidas citaciones al estupefaciente (marihuana) justo en el título del álbum “Kaya N’ Gan Daya”, así como las imágenes del referido videoclip, haciendo apología al uso de la droga, puesto que desvía y agride valores importantes de la sociedad, que abomina la degradación humana, ya sea en cuanto a su honor y moral, reconocida, entre otros derechos fundamentales garantizados en la Constitución Federal (CDC, art 37, §2º e CF art. 5º).
XIX – De acuerdo con el Proyecto de Ley 5.047/01 de autoría del Diputado João Herrmann Neto, que modifica la Ley nº 8.078, de 11 de septiembre de 1990 (aguardando solo publicación) que “dispone sobre la protección del consumidor y da otras providencias”, prohibiendo la emisión de propaganda que contenga mensaje subliminal - el uso de signos, palabras y gestos en este videoclip - es antiético y delictivo.
Cabe citar el voto del Relator, Diputado Luiz Bittencourt, en el PL supra, el 04 de agosto de 2003.
“La presente proposición procura suplir la laguna existente en el actual Código de Defensa del Consumidor, disciplinando el uso de mensajes subliminales, tan comunes en la publicidad comercial y capaces de influir en las personas, induciéndolas al consumo de determinados productos”. (subrayado nuestro)
XX – En nuestra interpretación, el hecho es doblemente delictivo, pues, además de que los mensajes contenidos son de carácter subliminal – antiéticos y delictivos -, el objeto, la temática que envuelve todo el trabajo es, sin duda, la divulgación, la apología al delito, en el caso específico – la marihuana, tipificada en el Art. 287 del Código Penal Brasileño.
XXI – Como agravante mayor, el denunciado es servidor público federal y figura pública respetable, tanto en el medio artístico musical nacional e internacional (cantor, compositor), como también una autoridad nacional, una vez que ocupa un cargo de primer escalón del gobierno federal. Por lo tanto, sus actos, debido a la credibilidad y respetabilidad que encierra el cargo de Ministro de Cultura, – en tesis - tienden a ser imitados o al menos tenidos como “políticamente correctos”, no solo por sus ‘fans’ y admiradores, sino también por los ciudadanos en general.
Con relación específicamente a la música y su respectivo videoclip, existe una probabilidad muy grande de influir en jóvenes, niños, adolescentes y también adultos, una vez que es emitido por TV abierta sin preocupación con limitación de horario o franja etaria.
XXII - Ante estas consideraciones, se vuelve nítido el abuso de las referidas actitudes, puesto que agriden valores importantes de la sociedad, acogidos por la legislación, incluyéndose la Carta Magna.
La afrenta a los principios y leyes citadas, como aquí fue expuesto, merece una reacción adecuada, antes de que estas influencias nefastas puedan interferir, como ya vienen ocurriendo hace décadas, en la formación cultural, moral y social del niño y del adolescente, comprometiéndola de forma irremediable, visto que aún están en proceso de desarrollo moral y psíquico.(Vide Art. 15 - ECA).
No es en vano que el consumo de marihuana creció cuatro veces entre adolescentes de la franja etaria de 16 a 18 años, elevando el volumen consumido en Brasil a más de 700 toneladas por año, siendo cada vez menor la edad inicial de consumo de drogas, alcanzando hoy a niños entre 10 y 12 años, entre familias de clase baja y media.
(Fuentes:Revista Veja:26-07-00/ SAUDE.INF.BR)
Según Renato Sabbatini (PhD), neurocientíficos americanos postulan que drogas como el etanol, la nicotina y el THC (tetrahidrocannabinol, el principio activo de la marihuana) - que en jerga médica es llamada "gateway drug" (droga de entrada) - causan una estimulación en el cerebro, aumentando el nivel de un neurotransmisor natural llamado dopamina, en los centros del placer, en una región llamada sistema límbico. Una vez que el cerebro del individuo esté familiarizado con esa "innovación", pasa a ser más susceptible a usar drogas más pesadas que estimulan los mismos receptores de dopamina.
(Fuente autorizada por el autor: EPUB).
Como es sabido, el uso de la marihuana causa serios daños a la salud física y psíquica del usuario, tales como taquicardia, perturbación en la capacidad de calcular tiempo/espacio, perjuicio en la memoria y la atención, reducción de testosterona (infertilidad), perjuicios en la capacidad de aprendizaje y memorización, síndrome amotivacional (no sentir ganas de hacer nada más), etc.
(Fuente: Centro Brasileiro de Informações sobre Drogas Psicotrópicas)
Esta posición también es compartida por Paulo Alcides Amaral Salles, juez de la 12ª Vara Cível de São Paulo, al conceder medida cautelar a pedido del Ministerio Público en la denuncia contra MTV en octubre de 2002, por haber injertado imágenes subliminales de carácter sadomasoquista en un comercial de la emisora, denuncia esta también desencadenada por la Ong Mensagem Subliminar,
“... el derecho a la información y a la libertad de expresión no se confunde con la falta de observación de los usos y costumbres de la sociedad y, principalmente, con la falta de observación de la dignidad de las personas humanas. La exposición de la población y de los menores a las imágenes emitidas por la demandada, como se resaltó, podrá crear serios problemas de comportamiento en la medida en que las imágenes subvierten los valores que la sociedad procura a toda costa salvaguardar".
(Fuente: Revista Consultor Jurídico, 05 de noviembre de 2002).
Como ciudadanos, no aceptamos ser conniventes y partidarios de cualquier tipo de movimiento, practicado por entidades de clase o personas, ya sea musical, político o “cultural”, en el sentido de divulgar y/o descriminalizar las drogas en nuestra sociedad, muy especialmente aquellos que se valen de su posición de influencia en los medios o cargo público para ello. Entendemos que, preservar hoy a nuestros niños y adolescentes - física, moral e intelectualmente de toda actividad paralela ilícita y delictiva relacionada con las drogas, es garantizarnos un futuro saludable para nuestra sociedad y consecuentemente nuestro país mañana.
XXIII - En vista de lo expuesto, solicita se digne V. Exª instaurar un procedimiento procesal pertinente, con el fin de obligar a los medios de comunicación masiva (MTV, Rede Bandeirantes, etc.) a suspender la emisión del videoclip “Three Little Birds”, de Gilberto Gil, de la discográfica Warner Music.
Entiéndese también pertinente la intervención del Ministerio Público Federal, a través de la actuación de la Procuraduría Federal de los Derechos del Ciudadano, tratándose del denunciado, Sr. Gilberto Gil, de ser una autoridad pública, conforme está fijado en los artículos de la Ley Complementaria nº. 75/93:
o Art. 12 - El Procurador de los Derechos del Ciudadano actuará de oficio o mediante representación, notificando a la autoridad cuestionada para que preste información, en el plazo que fije.
o Art. 13 - Recibidas o no las informaciones e instruido el caso, si el Procurador de los Derechos del Ciudadano concluye que derechos constitucionales fueron o están siendo desrespetados, deberá notificar al responsable para que tome las providencias necesarias para prevenir la repetición o para que determine el cese del desrespeto verificado.
Además, conviene citar el CONAR (Conselho Nacional de Regulamentação Publicitária) por tratarse, en tanto “CD” (Compact Disc) – “Kaya N’ Gan Daya” – de un producto comercializable.
En virtud de lo mencionado, solicita-se, además, el uso de los instrumentos judiciales disponibles para que se proceda al retiro del producto (CD - Compact Disc) “Kaya N’ Gan Daya” y del DVD del mismo título, del comercio en general.
Aprovechamos para felicitar la brillante actuación de ese organismo en la misión de defensa de los derechos de millones de ciudadanos brasileños que coincide con el único – y mayor - objetivo de la lucha emprendida por esta Ong, la cual tengo el honor de presidir.
En estos términos y con los documentos anexos,
Solicita deferimento.
São Vicente, 10 de abril de 2.004.
Prof. José Vicente Dias
ONG Mensagem Subliminar
CNPJ: 05.205.618 / 0001- 01
RG.:xxxxx-SSP / CPF:xxxx
Nota: Anexo 1: 01 CD con copia del Videoclip “Three Little Birds”, para análisis pericial.
Anexo 2: 01 copia de la portada del CD, del mismo título. Idem.
Con informaciones de la ONG Mensagem Subliminar - Site Oficial
Revista Consultor Jurídico, 19 de abril de 2004.
LA REPRESENTACIÓN
AL EXCELENTÍSIMO SEÑOR PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA CLAUDIO FONTELES APOLOGÍA AL USO DE ESTUPEFACIENTE OFENSAS A PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES, AL ESTATUTO DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE Y A LA LEGISLACIÓN ORDINARIA.DE LOS HECHOS
La Organización No Gubernamental de Estudios e Investigaciones en Mensaje Subliminal, CNPJ 05.205.618/0001-01, establecida en la Rua Dona Leonor Mendes de Barros, nº 614, CEP 11380-050 - Vila São Jorge, municipio de São Vicente, Estado de SP, representada por su presidente, abajo firmado, viene, por el presente instrumento, denunciar para, al final, sugerir lo que sigue:DEL DERECHO
DE LA PETICIÓN
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